
La Corte de Apelaciones de Santiago absolvió a un empleado que recibió y retuvo un depósito equivocado de su empresa, determinando que el caso debe resolverse por vía civil y no penal.
Un auxiliar de distribución chileno fue absuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago tras recibir por error un depósito de 165 millones de pesos chilenos (equivalente a más de 3 millones de pesos mexicanos) en lugar de sus habituales 500 mil pesos chilenos de salario. El hecho, ocurrido en mayo de 2022 en el Consorcio Industrial de Alimentos (CIAL), generó una batalla legal que culminó con la decisión judicial a favor del trabajador.
El empleado notificó inicialmente a su jefe sobre el error y manifestó su disposición a devolver el dinero, pero días después cambió de opinión: presentó su renuncia y se negó a regresar el monto, argumentando que el error no había sido suyo. La empresa presentó una denuncia penal por «hurto de hallazgo», solicitando 540 días de prisión y el pago total de la suma.
@meganoticias.cl 💸Tras el fallo favorable que tuvo un extrabajador del Consorcio Industrial de Alimentos que recibió por accidente un sueldo millonario y decidió quedarse con el dinero, se ha generado un debate entre las personas sobre cómo se tiene que proseguir en este tipo de circustancias. 👩⚖️La empresa había interpuesto una querella criminal contra el otrora miembro por el delito de apropiación indebida, luego de haber recibido en exceso la remuneración del mes de mayo de 2022. Y si bien la empresa adjuntó en la acción judicial pruebas como la copia de conversación vía WhatsApp donde se le solicitaba al trabajador que informara de cómo avanzaba el trámite para la devolución del dinero, la copia de la transferencia realizada, entre otros, el 1°Juzgado de Garantía de Santiago absolvió al demandado. #meganoticias #noticias #noticiaschile #chile #errormillonario #absuelto #errorsueldo
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Sin embargo, los jueces determinaron en septiembre de 2025 que no existía delito penal, sino una «diferencia contable» que debía resolverse por la vía civil bajo la figura de «cobro indebido». La Corte absolvió al extrabajador de toda responsabilidad penal, aunque la empresa anunció que interpondrá un recurso de nulidad para solicitar la revisión del fallo.